Esta semana se ha publicado el nuevo Pliego que regirá la adjudicación de la gestión de la Plaza de Toros de Málaga para los próximos cinco años (con tres posibles prórrogas anuales sucesivas posteriores).
Era un Pliego esperado por la importancia de la Malagueta pero, también, por las especiales dificultades de gestión que tiene esta Plaza. Hace unos años, por razones diversas, Málaga se convirtió en Plaza de primera. Y, en consecuencia, el público (y la Diputación) quiere ver espectáculos con la categoría de una Plaza de primera. Con toros y toreros de Plaza de Primera. Y los ganaderos y los toreros exigen una remuneración acorde a una Plaza de Primera. Pero Málaga es una plaza en la que la posible recaudación por taquilla es muy inferior a la de muchas plazas de segunda (por el escaso número de localidades y por el precio de las entradas). Así, las cuentas no pueden cuadrar. Y se rebaja de lo que se puede. Contratando a toreros de menos caché, incluyendo en el abono varios festejos de escaso interés para los aficionados y reduciendo el nivel de ganadero (vía prestigio o vía trapío).
La Diputación, propietaria de la Plaza, anunció que iba a hacer un Pliego que ayudara a resolver estos problemas y a incentivar la dimensión cultural de la Fiesta. El primer Pliego, se dijo, después del traspaso de los toros al Ministerio de Cultura. Muchos se mostraron escépticos. Pero había que esperar a ver en qué se concretaban las declaraciones políticas.
El resultado es que este Pliego es, en algunos aspectos, ligeramente mejor que el anterior. Pero de un modo tan sutil que difícilmente mejorará nada. Porque el conjunto de obligaciones económicas que tiene que asumir el empresario siguen siendo muy cuantiosas. Y la rebaja del canon se compensa con la obligación de programar más festejos (difícilmente rentables), con un incremento del 50% en los erales y vacas que debe regalar a la Escuela de Tauromaquia local, con la obligación de instalar una gran pantalla por la que se pueda seguir el sorteo y enchiqueramiento,… Además, los aspectos económicos de la oferta de los licitadores siguen teniendo una importancia muy sustancial entre los criterios de adjudicación.
De este modo, el hecho de que se hayan incluido como criterios de adjudicación la promoción cultural o en las escuelas difícilmente redundará en una mayor presencia de la Tauromaquia en la ciudad de Málaga durante todo el año y en una mayor calidad de los espectáculos.
Pero veamos qué decía el Pliego de 2006 y qué dice el de 2011. Por razones de espacio nos centraremos exclusivamente en los criterios de adjudicación de ambos Pliegos con alguna breve referencia a las obligaciones del adjudicatario contenidas en ambos, pero sin entrar en aspectos técnicos que también pueden incidir de modo notable, pero que exceden un análisis general como éste (forma de cuantificar la experiencia, la calidad de los carteles, las ganaderías, seguros, etc.).
El Pliego de 2006 preveía una adjudicación por un plazo de cinco años, con tres posibles prórrogas anuales sucesivas. Un canon de 250.000 euros/año, susceptible de mejora. Y la obligación de programar, al menos, 11 corridas de toros (una de las cuales, concurso o torista), 1 de rejones y 6 novilladas de promoción, de las cuales 2 serán con picadores. Era obligatoria la celebración de 1 corrida de toros en Semana Santa y 11 en la Feria de agosto. Había que ceder a la Escuela Taurina 20 erales y 40 vacas.
La reserva de entradas a la Diputación era impresionante: 3 burladeros de callejón, palco de tendido 1 de primer piso, los tres palcos del tendido 8, 30 localidades de tendido 1 bajo, 110 localidades de primer piso de sombra, todas las localidades numeradas de primer piso de sombra de los tendidos 1, 7 y 8 que no estén incluidas en los 3 palcos existentes que queden libres, localidades para los componentes de la Escuela Taurina,…
Los criterios de adjudicación eran los siguientes:
1º Experiencia en gestión de plazas de toros: de 0 a 5 puntos.
2º Mejora en el número de espectáculos taurinos a celebrar: de 0 a 3 puntos.
3º Mejora en el tipo de licitación: de 0 a 3 puntos.
4º Reducción de los precios máximos de las localidades: de 0 a 5 puntos.
5º Reducción del precio de los abonos: hasta 2 puntos.
6º Apoyo, ayuda y promoción a la Escuela Taurina: hasta 5 puntos.
7º Otras mejoras (divulgación cultural, promoción de la Fiesta, celebración de espectáculos no taurinos, etc.): de 0 a 5 puntos.
De este modo, la experiencia suponía un 17’85% de la valoración (5/28) y los aspectos económicos (apartados 3º, 4º y 5º), un 35’7% (10/28). Es decir, un 53’55% de la adjudicación se basaba en combinación de experiencia y aspectos económicos. La calidad de los festejos, de la programación o de su difusión no tenía una valoración específica. Sólo se premiaba la cantidad (apartado 2º) y el resto de las cuestiones podían incluirse como mejoras con cualesquiera otros aspectos taurinos o no (apartado 7º).
Aparentemente, el Pliego de 2011 mejora algo las cosas. Se trata también de una adjudicación por un plazo de cinco años, con tres posibles prórrogas anuales sucesivas. El canon se rebaja hasta los 200.000 euros/año (es decir, un 20%), pero es también susceptible de mejora. Se aumenta la obligación de programar festejos, añadiendo una corrida de toros más. Pero las fechas en las que debe haber toros también se incrementan, por lo que los festejos no pueden concentrarse en la Feria de Agosto (otra cosa será si pueden incluirse o no en los abonos). Si antes era obligatoria la celebración de 1 corrida de toros en Semana Santa y 11 en la Feria de agosto, ahora son 2 en Semana Santa (Sábado Santo y Domingo de Resurrección), el domingo más próximo al 18 de junio, Feria de agosto (con al menos 9 corrida de toros, incluida la de rejones, y una novillada con picadores) y el fin de semana más próximo al 8 de septiembre (con al menos uno de los triunfadores de la Feria de Málaga de ese año).
Si antes había que ceder a la Escuela Taurina 20 erales y 40 vacas, ahora son 30 y 60.
La reserva de entradas a la Diputación disminuye ligeramente, pero no deja de impresionar: 2 burladeros de callejón, palco de tendido 1 de primer piso, los cuatro palcos del tendido 8, 30 localidades de tendido 1 bajo, 110 localidades de primer piso de sombra, todas las localidades numeradas de primer piso de sombra de los tendidos 7 y 8 y las restantes del tendido 1 hasta completar las 450 localidades que no estén incluidas en los 4 palcos existentes que queden libres, localidades para los componentes de la Escuela Taurina,…
Los criterios de adjudicación sí sufren una modificación realmente sustancial. Ahora se dividen en dos tipos, los que dependen de un juicio de valor y los automáticos. (Diferencia que incide en el “sobre” en el que deben incluirse en la propuesta, para ajustar el orden en que deben abrirse y valorarse cada uno de ellos).
A) Dependen de un juicio de valor
1º Desarrollo de la programación taurina con compromiso de contratar a matadores de especial interés: de 0 a 4 puntos.
2º Implicación en el programa “los toros, en las escuelas”: de 0 a 3 puntos.
3º Comunicación y publicidad: de 0 a 2 puntos.
4º Cualquier otra mejora: de 0 a 2 puntos.
B) Automáticos
1º Apoyo a la Escuela Taurina: hasta 2 puntos.
2º Donación de piezas al Museo Antonio Ordóñez o al Centro Provincial de Estudios Taurinos (en función de su valoración económica): de 0 a 3 puntos.
3º Desarrollo de una programación cultural estable (en función de su valoración económica): de 0 a 3 puntos.
4º Experiencia: de 0 a 5 puntos.
5º Mejora en la calidad o número de espectáculos: de 0 a 3 puntos.
6º Incremento en el canon: de 0 a 4 puntos.
7º Reducción de precios: de 0 a 2.
8º Reducción del precio de los abonos: de 0 a 3.
9º Fomento de la fiesta entre los jóvenes con visitas a ganaderías: de 0 a 2.
10º Número de espectáculos no taurinos: hasta 3 puntos.
11º Compromiso de contratación de ganaderos que hayan lidiado en plazas de primera: de 0 a 4 puntos.
Como puede apreciarse, en estos criterios de selección sí hay una apuesta específica por los aspectos culturales o por la promoción de la Fiesta. Pero de un modo tan difuminado y tan peculiar que difícilmente puede considerarse que sean los elementos determinantes.
En primer término, porque el conjunto de la experiencia y los aspectos económicos, sin tener el peso que tenían en el anterior Pliego, siguen siendo muy importantes.
Respecto a la experiencia, lo que hace este Pliego es, cuando menos, peculiar. Entre los criterios de solvencia técnica, es decir, entre los requisitos para poderse presentar al concurso, se exige “Acreditación de ser haber sido titulares o concesionarios en España de una Plaza de Toros de Primera o Segunda Categoría, sin tacha en la gestión durante un período mínimo de un año”. Y luego, entre los elementos objeto de valoración (“y al objeto de asegurar la mejor gestión del presente servicio público”, se dice), se valora entre 0 y 5 puntos (respecto a un total de 45) la actividad al frente de plazas de toros (1 punto por cada dos años o fracción en plazas de primera y 0,2 puntos en plazas de segunda).
Lo primero que hay que decir, como ya hemos señalado otras veces, es que esta valoración de la experiencia no es legal. Y así lo han declarado tanto la Junta Consultiva de Contratación como diversos Tribunales.
Pero más allá de eso, lo que resulta inaudito es que, con la complejidad que hemos indicado que tiene la Plaza de Málaga por sus peculiaridades, y con la complejidad añadida de tener que dar festejos en fecha en las que hasta ahora no los había, baste con haber sido titular o explotador un año de una plaza de primera o de segunda para presentarse al concurso. Da igual cuándo se haya hecho la explotación. Da igual cuántos festejos se hayan organizado (hay plazas de segunda que no dan más de dos o tres festejos al año…). ¿Sería razonable que alguien que hace veinte años hubiera organizado tres festejos en una plaza de segunda pudiera presentarse…? ¿No es más lógico que la experiencia que se exigiera como requisito de solvencia técnica fuera mayor, pero que no se valorara luego el tener un poquito más o menos de experiencia?
El asunto de la experiencia en los contratos de gestión de las plazas de toros es algo que tiene que enfocarse con mayor seriedad. Lo de este concurso no tiene sentido alguno.
En el apartado económico, el planteamiento que se ha hecho también invita a hacer algunas reflexiones. En primer término, si bien ha habido una rebaja en el canon, parece que difícilmente puede compensar las mayores exigencias que impone el Pliego. Pero, además, hay varios apartados (B 2º, 6º, 7º y 8º) en los que el asunto económico es valorado. En conjunto, 12 puntos de 45. Incluyo aquí el asunto de las donaciones al Museo, porque en el fondo tanto da decir que se valora la donación al Museo que comprometerse (la Diputación) a reinvertir parte del canon en el Museo. En el fondo, no es una promoción cultural directa, sino pedir más dinero al concesionario.
Así, difícilmente saldrán las cuentas. Lo más probable es que se siga recortando en toros y toreros. Y será la Fiesta la que sufrirá. Además, seguir dando una importancia tan relevante a los aspectos económicos (un 26’6%) supone premiar la entrada de profesionales ajenos al sector, o poco serios dentro del mismo, que hagan ofertas muy agresivas en lo económico que redundarán en una rebaja de la calidad del espectáculo. Uno puede ofrecer mejor canon, más donación al museo, menos precio de las entradas y de los abonos,… y a ver qué toreros contrata luego y qué ganadería (o, dentro de la misma ganadería, a ver si contrata de lo caro o de lo barato).
Experiencia y aspectos económicos suponen un 37’7% de la valoración. Es menos que el 53’55% del Pliego anterior, pero es un porcentaje que creo que no puede llevar a afirmar que es el modelo de Pliego para una actividad cultural. Desde luego, en ninguna otra actividad cultural los criterios para su gestión serían parecidos a esto.
En cuanto a la programación, el planteamiento de la temporada, lo que es el verdadero meollo de una contratación de este tipo, sólo hay un aspecto de valoración que es el A-1º. Y sólo supone 4 de los 45 puntos posibles. Esos cuatro puntos son los mismos que se utilizan para valorar la contratación de ganaderías que hayan lidiado en plazas de primera (B-11º). Pero teniendo en cuenta la de ganaderías que lidian al año en Madrid, y el escaso juego general, no sé si ese es un verdadero criterio de calidad. El apartado B-5º valora con hasta 3 puntos la “mejora en la calidad o número de los espectáculos taurinos a celebrar”. Conforme al Pliego, lo que de verdad se premia es dar más espectáculos. Nada sobre su posible calidad.
Algo parecido sucede en relación con los aspectos relativos a la difusión de la Fiesta y a su dimensión cultural. Se valora con dos puntos la comunicación y publicidad (A-3º), con otros dos las mejoras (A-4º) y con hasta 3 la existencia de una programación cultural estable (B-3º) (valorando en este caso, exclusivamente, el importe que se destine, no la calidad de la propuesta). Por tanto, la imaginación y posibles nuevas ideas sólo se valoran con un máximo de cuatro puntos (lo mismo, por ejemplo, que la mejora del canon). Y la insistencia en que haya una programación cultural sólo se valora en función de su cuantía y con independencia de su originalidad, eficacia o buen hacer.
Más curiosos son otros criterios, como la colaboración en el programa “los toros, en las escuelas” (A-2º, hasta 3 puntos) (conferencias, proyecciones audiovisuales, visitas a ganaderías o a plazas de toros, etc.) o el fomento de la fiesta entre menores de 28 años abonados a La Malagueta, con visitas a ganaderías (B-9º) que otorga hasta dos puntos, asignándose 0’5 puntos por cada ganadería. En cuanto a lo de las escuelas, es evidente que el fomento de la afición entre los más jóvenes es importante. Pero que eso se tenga que concretar en un programa concreto y para chavales de una edad específica, es más que discutible. Lo de los “jóvenes” es más peculiar aún, porque se limita la juventud a los 28 años, se circunscribe a los abonados de La Malagueta (en vez de tratar de que la difusión alcance a nuevos jóvenes) y sólo se premia la supuesta promoción a través de visitas a ganaderías, excluyendo cualquier otro medio. Siendo así, y alcanzándose la puntuación máxima con la organización de cuatro visitas a ganaderías, lo mejor hubiera sido incluir estas cuatro visitas entre las obligaciones de los licitadores y quitarlo como criterio de selección.
Por último, se da cierta puntuación a la organización de otros espectáculos (B-10º) y el fomento a la Escuela Taurina (B-1º).
En definitiva, se trata de un Pliego donde el enfoque de la experiencia no sólo se aparta de criterios legales, sino que, además, tiene un planteamiento bastante poco afortunado. Donde los aspectos económicos siguen teniendo un peso muy importante, cuando las peculiaridades de esta plaza hubieran requerido en este apartado una menor exigencia a los futuros gestores. Donde la valoración de actuaciones realmente creativas en materia de contratación taurina y promoción cultural de la Fiesta es muy escasa. Y donde hay multitud de pequeños aspectos en los que se utiliza al empresario como proveedor de recursos de actuaciones totalmente dirigidas desde la Diputación.
Los criterios de selección deberían permitir premiar la oferta más imaginativa. Y para eso resulta imprescindible un menor dirigismo y una mayor valoración de los aspectos en los que el empresario muestra su creatividad. Plantear como criterios de selección incrementos en la cantidad de las obligaciones que ya establece el Pliego (* puntos por cada festejo más que se programe, * por cada aportación a *, * por cada visita a una ganadería,…) es una trampa. Porque así no se selecciona una oferta más imaginativa, sino a quien da, de lo mismo, un poco más. Haciéndolo, muy probablemente, a costa de la calidad de los festejos. Por el enorme coste que todo ello implica.
No, este no es, no puede ser, el modelo de Pliego después del traspaso al Ministerio de Cultura. Y, si lo es, estamos listos.
domingo, 9 de octubre de 2011
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