El actual Pliego supone una concesión para la gestión del servicio público de la explotación de la Plaza de Las Ventas. Esto quiere decir, fundamentalmente, que el desarrollo de la actividad taurina en la Plaza de Toros de Las Ventas se considera un servicio público (igual que puede serlo suministrar el agua o limpiar las calles) y que la gestión de esta actividad se realizará no directamente por la Administración, sino una empresa privada (el concesionario) que asumirá la obligación de realizarlo conforme a lo que indica el Pliego y a su oferta y asumiendo el riesgo económico (es decir, el beneficio o la pérdida que genere).
No forman parte de la concesión el Museo Taurino, el Aula Cultural Taurina (salas Antonio Bienvenida y “Antoñete”), la vivienda del conserje y los locales del Centro de Asuntos Taurinos. Sí están incluidos entre los derechos/obligaciones del concesionario la explotación de las almohadillas, bares y restaurantes de la Plaza y las retransmisiones de los festejos.
Las actividades no-taurinas tienen un régimen particular que no es relevante para este análisis.
La Comunidad de Madrid asume todos los gastos inherentes a la propiedad del inmueble (incluyendo las grandes obras y reparaciones) y el concesionario todos los gastos de la gestión de la actividad taurina y el mantenimiento ordinario.
Se establece un canon fijo anual de 3.366.000 euros, que puede ser mejorado por los licitadores.
El Pliego de Prescripciones Técnicas incluye las principales obligaciones del adjudicatario, entre las que destacan las siguientes:
- Duración mínima de la temporada del segundo domingo de marzo al penúltimo de octubre, ambos inclusive.
- Espectáculos obligatorios todos los domingos y festivos dentro de la temporada.
- Al menos 23 novilladas con picadores durante la temporada.
- La Feria de San Isidro comienza el día 10 de mayo y se compone, en días consecutivos, de 18 corridas de toros, 3 novilladas con picadores y dos de rejones.
- La Feria de Otoño está compuesta de tres corridas de toros y una novillada en días consecutivos o dos fines de semanas alternos.
- En las Fiesta de la Comunidad tiene que darse una novillada (día 1 de mayo) y una corrida de toros (día 2 de mayo).
- Tienen que celebrarse al menos cinco novilladas de promoción.
- El adjudicatario organizada bajo las directrices y por cuenta de la Comunidad de Madrid (que asume su resultado económico) la Corrida de Beneficencia y la del 2 de mayo.
- Debe cederse la plaza gratuitamente para la celebración de la Corrida de la Prensa (que puede incluirse en san Isidro).
- Se fija el precio de las localidades y la obligación de respetar los abonos, no pudiéndose sacar a la venta nuevos abonos, ni los que queden libres, salvo autorización expresa de la Comunidad de Madrid. Para 2007 la andanada de sol tiene un precio de 4’20 euros y la barrera de sombra especial (tendidos 9, 10 y 1) 120,10 euros.
- La Comunidad de Madrid se reserva 8 burladeros, el Palco Regio, el de Honor para la Presidencia de la Comunidad de Madrid, el del Ayuntamiento y otros nueve palcos para altos cargos, 25 tendidos bajos de sombra, 25 tendidos altos de sombra, 20 andanadas de sombra y opción preferencial para comprar 150 localidades.
- Se prevé la exposición de las reses en el Batán, con libre acceso para los abonados, si el Ayuntamiento de Madrid accediera.
- Debe permitirse el acceso de los aficionados al apartado de las reses.
- Deben organizarse siete novilladas sin picadores en distintos municipios en colaboración con la Escuela de Tauromaquia.
- Hay obligación de grabar todos los festejos, correspondiendo los derechos a la Comunidad de Madrid.
- Si se acuerda difundir algún festejo por televisión, Telemadrid tiene derecho de tanteo.
Los criterios de adjudicación son los siguientes (en porcentaje):
- 25% la oferta económica. La puntuación de cada licitador es de 25 x A/M, siendo A la cantidad que oferte el licitador y M la que haya ofrecido el licitador que haya hecho la oferta más alta.
- 24% la oferta taurina. Cada licitador debe explicar con detalle la primera temporada y apuntar las líneas generales de la siguiente. Se valoran especialmente la inclusión de al menos un matador de entre los 15 primeros del escalafón en cada festejo y ganaderías de prestigio. Se valora un 9% al conjunto de Mini-Feria de la Comunidad, San Isidro y Otoño; 6% el incremento de novilladas de promoción; 4% a potenciar los festejos de temporada y 3% los que potencien Domingo de Ramos, Resurrección, 15 de mayo, 15 de agosto y 12 de octubre; 2% a otros festejos taurinos (recortadores, espectáculos cómico-taurino, etc.).
- 15% la experiencia. Se valora la experiencia del equipo gestor en plazas de primera y segunda, a razón de un punto por cada temporada en plazas de primera y 0’5 puntos en plazas de segunda, teniendo en cuenta que las tres temporadas que se exigen para presentarse al concurso no computan y que si alguno de los licitadores supera los 15 puntos, se da al que más obtenga los 15 puntos y se prorratea la baremación del resto.
- 14% plan de publicidad, valoración económica y destino.
- 9% a la valoración de actividades para promocionar la Fiesta, acercarla a sectores de población normalmente no aficionados, etc. (se valora introducir actividades taurinas tradicionales, organizar actividades culturales y artísticas, iniciativas dirigidas a los jóvenes, etc.).
- 8% sugerencias, propuestas, ofrecimientos y aportaciones a la Escuela de Tauromaquia de la Comunidad de Madrid.
- 5% a otras ofertas de mejora (propuestas de seguridad, accesibilidad, modernidad y comodidad, obras de mejora en el edificio, mejoras en el museo taurino, etc.).
Este conjunto de datos, la mayoría sabidos, pero que resultan más contundentes cuando se exponen de forma conjunta, creo que esbozan algunas conclusiones de cierto interés. En la próxima entrada recordaremos qué sucedió, cuáles fueron los criterios que determinaron la adjudicación y qué ha sucedido desde entonces, pero sin llegar hasta ahí la lectura del propio Pliego proporciona revelaciones sorprendentes. La primera, que el conjunto de la experiencia y la oferta económica suponen el 40% de la valoración. Luego, que la programación de la Mini-Feria de la Comunidad, San Isidro y Otoño sólo es valorada en un 9% del total. Sin embargo, el plan de publicidad se valora en un 14% (¿para qué quiere un plan de publicidad Las Ventas si San Isidro está lleno y no se premia en absoluto el conjunto de una temporada con figuras?).
También sorprende el 9% de las actividades de promoción de la Fiesta, y no tanto porque parezca más o menos sino porque se mezclan en un mismo saco la introducción de festejos tradicionales (recortadores y demás) con actividades culturales y actividades de cara a los jóvenes. Obviamente, no parece un Pliego que valore la repercusión cultural de la Fiesta.
En cuanto a la temporada, se plantea una Feria de San Isidro con 23 festejos, no se exige ni se incentiva la existencia de carteles rematados en la Feria, ni se impide que los principales toreros no estén en esta Feria, pero sí en una que se realice la semana siguiente, que es lo que ha sucedido estos años con la Feria del Aniversario.
Respecto al conjunto de la temporada, se exige celebrar festejos toros los domingos y festivos, se tratan de potenciar cinco fechas concretas (Domingo de Ramos, Resurrección, 15 de mayo, 15 de agosto y 12 de octubre), pero no se incentiva que haya carteles de interés en lo relativo a toreros, novilleros o ganaderías.
Y, en fin, los precios son iguales para todos los festejos. Unos precios bastante bajos en comparación con cualquier otra plaza para festejos relevantes y altísimos tal vez para otros carteles que, fuera de Madrid, no llevarían más de cien o doscientos aficionados a la taquilla, como mucho.
Un Pliego, en resumen, basado en la experiencia y el dinero, que propone una larga Feria de San Isidro que no tiene por qué tener interés porque tiene inercia, y una temporada que tiene que ser larga aunque puede ser perfectamente anodina.
2 comentarios:
Don Lorenzo, enhorabuena por éste trabajo que seguiremos atentamente. Te quería hacer una pregunta, en éste caso sobre "las actividades no taurinas".
¿El empresario tiene libertad para organizar cualquier actividad no taurina?¿Organiza la empresa y corre con el riesgo económico?¿No?¿O subarrienda la plaza a un promotor de espectáculo?.
Y por último, ¿Tú sabes cuántos conciertos y actividades no taurinas se pueden dar en las Ventas a lo largo del año?.
Gracias D. Lorenzo.
Muchas gracias por el seguimiento y el interés, Raúl (si nos apeamos el D., creo que más cómodos ambos).
No sé cuántas actividades no-taurinas hay a lo largo del año (Conciertos, Fiesta de la Cerveza, Circo, etc.).
El Pliego dice que pueden organizar estas actividades tanto la Comunidad, como el adjudicatario o incluso terceros. Siempre debe autorizarlas el Centro de Asuntos Taurinos, y ninguna de estas actividades puede interferir en las taurinas. Si lo hace la Comunidad o un tercero autorizado por ésta, bastará con que se le indique al adjudicatario con 10 días de antelación.
Se indica también que el organizador corre con los gastos que se originen (y entiendo, aunque no se dice, que también con los ingresos).
Desafortunadamente no hay mucha información de estos datos y otros muchos alrededor de la Fiesta y las plazas, pero espero que esto te sea de utilidad.
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